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Las proposiciones matemáticas, en cuanto tienen que ver con la realidad, no son ciertas; y en cuanto que son ciertas, no tienen nada que ver con la realidad.
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| Gobierno Español aprueba una bonificación del 40% en las cuotas a la Seguridad Social de los investigadores I+D+i | | | |
El Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto por el que se regula una bonificación del 40% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para el personal investigador dedicado en exclusiva a la I+D+i, unas 65.000 personas en España.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se trata de una medida incluida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que incluye un régimen transitorio y otro especial.
La bonificación, con carácter retroactivo al 1 de enero, "incentivará la contratación de investigadores puros, sea cual sea el punto en que se encuentren de su carrera", señaló De la Vega.
Se aplica a investigadores con contrato indefinido, pero también a los que están en prácticas o con contrato temporal con duración mínima de tres meses, añadió.
El Gobierno entiende que con este incentivo, que ya ha demostrado "un buen funcionamiento" en otros países de la Unión Europea, se reduce la carga fiscal de las empresas, se promueve el desarrollo de la actividad de Investigación y Desarrollo e innovación (I+D+i) y se favorece la contratación de trabajadores en España.
De la aplicación de la bonificación se excluye al personal que sólo dedique una parte de la jornada laboral a la I+D+i o que tenga otra labor aunque la desarrolle en empresas dedicadas a la Investigación y Desarrollo.
Tampoco podrá acogerse el personal contratado por empresas cuya actividad en I+D+i esté ya financiada o subvencionada con fondos públicos, siempre que incluya las cuotas empresariales a la Seguridad Social, ni los empleados contratados por cualquier administración pública o entes públicos que estén totalmente exentos del Impuesto sobre Sociedades.
Esa nueva bonificación constituye una alternativa a la deducción en el Impuesto sobre Sociedades existente en la actualidad, por lo que las empresas podrán optar por mantener esta deducción o acogerse a la bonificación del 40%, lo que se deberá realizar mediante una comunicación dirigida a la Administración Tributaria. |
Viernes, 23 Febrero, 2007 - 03:57 |
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