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Condenan a Telefónica a devolver una cantidad facturada incorrectamente
 
 


Un juzgado de Irún (Guipúzcoa) ha condenado a Telefónica a indemnizar con un euro y a devolver a un cliente el dinero que le había cobrado de forma inadecuada ya que parte de los servicios facturados correspondían al anterior titular de la línea.

Según la sentencia del caso, a la que hoy tuvo acceso Efe, los hechos se iniciaron cuando el perjudicado cambió de domicilio y contrató una línea fija de teléfono.

Transcurrido un mes, la operadora envío dos facturas al afectado en las que "podía comprobarse que los consumos y los servicios eran ajenos a los contratados y correspondían a un período anterior a la fecha de alta" de la línea.

El demandante inició entonces "numerosas reclamaciones" por la cantidad "cobrada indebidamente" que no obtuvieron "respuesta alguna", por lo que finalmente presentó una demanda judicial.

La sentencia explica que, tras celebrarse el juicio el pasado 9 de julio sin la presencia de Telefónica, cuya representación legal no acudió a la vista, "el cobro indebido de las facturas giradas" quedó "más que acreditado" a través de las pruebas documentales.

Por este motivo, el juzgado condena a la empresa de telefonía a abonar al demandante el importe de 71,74 euros que le cobró indebidamente más los intereses correspondientes y un euro adicional "en concepto de resarcimiento de daños y perjuicios".

La sentencia impone asimismo a la compañía el pago de las costas del procedimiento judicial.

Según explicó a Efe el perjudicado, el abogado Desiderio Torres, esta resolución "pone de manifiesto" la "eficacia" de la reclamación judicial ante este tipo de casos, en un contexto en el que se vincula a la telefonía "con el mayor número de reclamaciones" ante las organizaciones de consumidores y usuarios.

Torres aclaró que el procedimiento "verbal civil" a través del que fue tramitado este asunto ante el juzgado no necesita de la asistencia de abogado o procurador, por lo que puede ser iniciado por cualquier particular.

Además, "el esfuerzo que precisa" este procedimiento judicial "para ser puesto en marcha es idéntico o menor" que el necesario para hacer una reclamación ante otros servicios de atención al consumidor. EFE


Martes, 24 Julio, 2007 - 11:46
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