El TSJ autoriza el cierre del repetidor de TV3 que cubre Valencia, el Horta y parte del Campo de Murviedro, Campo de Túria, Hoya de Buñol y Ribera Alta y Baja
21-10-2009. La Sección 5ª de la Sala del Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Valenciano ha comunicado en Acció Cultural del País Valencià (ACPV) la su sentencia 272 / 09 en base a la cual autoriza al Gobierno valenciano a precintar el repetidor de TV que nuestra entidad tiene en Perenxisa, en el término municipal de Chiva, el cual hace llegar la señal de TV3 en TDT a la ciudad de Valencia, la comarca del Horta y parte de las comarcas del Campo de Murviedro, Campo de Túria, Hoya de Buñol y Ribera Alta y Baja
(es decir, se verían afectados unos 1.300.000 habitantes).
Esta sentencia es la resolución de un recurso de apelación que interpuso a la Generalitat valenciana contra la inicial negativa judicial a autorizar el cierre del repetidor. Recordamos, en este sentido, que
Acció Cultural ha obtenido diversos pronunciamientos judiciales a su favor y que, por lo tanto, en este tema hay sentencias discrepantes.
La sentencia 272 / 09 autoriza la entrada del Gobierno valenciano en nuestro centro emisor en base al apoyo en principio a "la ejecución de un acto emanado de una autoridad pública", sin entrar en el fondo de la cuestión, ya que la misma sentencia afirma que "no procede controlar [por parte del tribunal] la conformidad o disconformidad del acto que se pretende ejecutar". Es decir:
el TSJ ha aplicado el principio de presunción de legalidad de las actuaciones de las administraciones públicas, autorizando por lo tanto la ejecución de una disposición administrativa
sin entrar en el fondo de la cuestión, y entendiendo que este fondo en todo caso se tiene que dirimir en un recurso específico y aparte.
Es evidente que Acción Cultural no comparte este punto de vista, por dos motivos:
- primero, porque discutimos la competencia legal de la Generalitat Valenciana para actuar sobre una televisión pública que es emitida por un canal de TDT cuya titularidad no es autonómico;
- segundo, porque la aplicación de la presunción de legalidad de las actuaciones de las administraciones públicas en este caso puede provocar un daño mayor, ya que el cierre de una televisión implica un ejercicio de censura, por mucho que esta decisión sería supuestamente revocable por uno sentencia posterior, que en el mejor de los casos podría tardar años a llegar.
Acció Cultural denuncia la insistencia del actual Gobierno valenciano en su voluntad de cierre del conjunto de la red de TV3 en el País Valenciano y de castigo económico a nuestra entidad, afirmación que se demuestra en el hecho que el mencionado Gobierno no sólo no ha archivado los expedientes administrativos y las multas impuestas en Acción Cultural ni ha reabierto ninguno de los tres repetidores cerrados, sino que además ha continuado los procedimientos judiciales por intentar continuar cerrando los repetidores todavía abiertos.
Con esta sentencia,
el cierre del repetidor que cubre el área más poblada del País Valenciano puede ser inminente, y depende en exclusiva de la arbitrariedad política y el interés partidista del actual Gobierno valenciano, lo mismo que está implicado en una serie de gravísimos casos de corrupción.
Delante de esto, Acció Cultural hace un llamamiento a los ciudadanos para dar un impulso todavía mayor en la campaña de Iniciativa Legislativa Popular que nuestra entidad está impulsando, porque es evidente que sólo por esta vía conseguiremos frenar este intento de censura.