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Registrado: 30 Nov, 2005
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| He leido por ahi que segun ley los edificios construidos a partir de 1998 tenian la obligacion de estar preparados para poder recibir tdt, pero segun nuestro administrador de fincas lo ha consultado y le han dicho que lo unico a lo que estaban obligados es a tener la preinstalacion. Cual es la realidad sobre el tema? y si fuera el segundo caso que incluye y que no incluye la preinstalacion.
Gracias | |
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