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Derechos como consumidor ante instaladores

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pacorreitor
Asunto: Derechos como consumidor ante instaladores MensajePublicado: 16 Dic, 2005 - 01:49 PM
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Registrado: 16 Dic, 2005
Mensajes: 3

En la instalación de nuestra comunidad de vecinos hemos realizado la adaptación a TDT en el mes de junio. Claro, ahora resulta que tenemos que poner los elementos necesarios para poder ver Antena3, etc. El precio es barato (100 Euros). Pero ese no es el problema. Hicimos la adaptación, aparte de para poner un nuevo servicio con futuro, para paliar los problemas que tenemos con la recepción analógica (hasta cuádruple imagen). Tras el cambio completo de todo el equipamiento, no sólo no hemos mejorado la parte analógica sino que ha empeorado. Al dirigirnos al instalador que nos hizo la adaptación para ampliar la oferta digital, y mirar el papeleo (gestionado por otro presidente de comunidad) nos hemos encontrado que no hay descripción de ningún tipo de garantía sobre las instalaciones realizadas. El instalador nos dice que la recepción no va a mejorar y que además tendrá que probar los nuevos canales digitales para ver si se pueden recibir.
Resumen: vemos la analógica peor que antes, no tenemos todos los canales digitales, no existe ningún tipo de garantía por escrito y además el instalador se exculpa totalmente de todos estos problemas.
Mis preguntas: si tenemos problemas de recepción, ¿cómo puedo hacer para que el instalador me lo demuestre? (parámetros, especificaciones, etc).
Legalmente ¿dónde puedo ver los derechos que nos asisten y las obligaciones del instalador?
Vivo en Madrid en la zona del Barrio del Pilar.
Perdón por la extensión.
Gracias.
 
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elantenista
Asunto:  MensajePublicado: 16 Dic, 2005 - 11:13 PM
Nuevo en el Foro


Registrado: 27 Nov, 2005
Mensajes: 33

No veo cómo va a mejorar la recepción analógica instalando en la cabecera un módulo para TDT.

No tiene nada que ver.

Saludos
 
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Adrián
Asunto:  MensajePublicado: 17 Dic, 2005 - 07:33 PM
Usuario Habitual


Registrado: 20 Nov, 2005
Mensajes: 80
Ubicación: La Coruña
No hay duda, todo consumidor tiene el derecho a reclamar, denunciar ante una organizacion de defensa del consumidor e incluso interponer una demanada a la empresa instaladora en particular.
Todo tipo de instalacion, electrodomestico y en general cualquier tipo de producto segun la normativa europea tiene que tener una garantia de 1 o 2 años (creo que hoy en dia son 2) asi que a reclamar.
 
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elenabc123
Asunto:  MensajePublicado: 17 Dic, 2005 - 11:48 PM
Experto


Registrado: 02 Oct, 2005
Mensajes: 95

Cita:
Todo tipo de instalacion, electrodomestico y en general cualquier tipo de producto segun la normativa europea tiene que tener una garantia de 1 o 2 años (creo que hoy en dia son 2) asi que a reclamar.


Lo de los dos años de garantía es en la compraventa de bienes de consumo pero no aplica a los servicios. A este tipo de servicios aplica una normativa distinta pero seguro que en la oficina de consumo de tu ayuntamiento pueden informarte.
 
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elantenista
Asunto:  MensajePublicado: 17 Dic, 2005 - 11:57 PM
Nuevo en el Foro


Registrado: 27 Nov, 2005
Mensajes: 33

Un momento señores... antes de encender la hoguera hay que tener claras las cosas.

Lo que he comentado antes es que dudo mucho que nadie haya reparado un problema en la señal anlógica por el simple hecho de instalar unos módulos para TV digital.

En otras palabras, lo que hay que saber es qué tipo de instalación y/o reparación se hizo, para tener claro si algo que reclamar o si simplemente se trata de un malentendido ya que repito, el hecho de instalar un módulo para TDT no implica que se repare un problema en analógico.

Son cosas distintas.

Saludos
 
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pacorreitor
Asunto: Lo aclaro un poco MensajePublicado: 19 Dic, 2005 - 11:28 AM
Nuevo en el Foro


Registrado: 16 Dic, 2005
Mensajes: 3

Creo que me he explicado mal. Intento aclararlo.
Aprovechando que disponíamos de una instalación con un equipamiento antiguo (cables probablemente envejecidos, sistema electrónico, etc.), acometimos la renovación completa de toda la instalación hasta el punto de entrada de cada vivienda. Además se instaló lo necesario para ver TDT.
Por tanto se parte de una instalación supuestamente renovada completamente en lo que a la recepción analógica se refiere, es decir, que cabe esperar que la recepción mejorara o en el peor de los casos no empeorara.
Si necesitáis alguna aclaración más, con mucho gusto os la proporciono.
De todos modos, una pregunta para elantenista, ¿cúal es el plazo de garantía que se da en estas instalaciones?
Muchas gracias.
 
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Guda
Asunto: Lo aclaro un poco MensajePublicado: 21 Dic, 2005 - 03:45 PM
Usuario Habitual


Registrado: 10 Nov, 2005
Mensajes: 81
Ubicación: Madrid
Hola Paco, tienes la ley de tu lado. el edificio debe tener la ICT (Infraestructura Común de Telecomunicaciones), esto lo establece la Ley 1/1998, que es la que arma la cuestión de antena común, para sacar todas las antenas particulares, y aparte también la instalación adecuada incluso para TV digital satelital. El Real Decreto 401/2003 aprueba el Reglamento regulador de la ICT, y la Orden CTE/1296/2003 desarrolla el Reglamento regulador.
Si consideran que hay un abuso o engaño, puedes acceder a la página web: http://www.consumo-inc.es.\ www.consumo-inc.es. Lo fundamental es que tienes derecho a quejarte y a hacer cumplir lo que en tu buena fé crees es correcto, no?
Saludos y suerte.

_________________
_________________________
Saludos desde Madrid...
 
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elantenista
Asunto:  MensajePublicado: 21 Dic, 2005 - 11:13 PM
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Registrado: 27 Nov, 2005
Mensajes: 33

Bueno pues si se ha renovado antena, equipo de amplificación y linea de distribución... evidentemente debe funcionar todo correctamente.

La garantía que se da en estos casos es de 1 año.

Con respecto a lo de la ICT... no tiene nada que ver. Un edificio antiguo no dispone de ICT y seguramente tenga una distribción en cascada. En tal caso la renovación se hace por las mismas canalizaciones. Es algo totalmente normal.

Saludos.
 
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francisco
Asunto:  MensajePublicado: 21 Dic, 2005 - 11:42 PM
Moderador
Moderador


Registrado: 06 Ene, 2005
Mensajes: 179
Ubicación: Badalona
No hay que confundir. La normativa de ICT de aplica en los edificios construidos a partir de la aprobacion de la Ley 1/1998 y de la promulgacion del correspondiente reglamento. En los edificios de construccion anterior se suele mantener las canalizaciones de origen, o en todo caso si se modifican, respetando las normativas locales (cableado por fachadas, cables aereos, etc), pero no se suele implementar la ICT, ya que supone unas obras de bastante envergadura. Ademas la ICT no solo se aplica a la TV, sino a todo lo referente a las telecomunicaciones, como pudiera ser telefonia, TV por cable etc.

En todo caso, si el instalador ha realizado unas mejoras en la comunidad, lo minimo que se le debe pedir es que la Tv analogica se vea como antes de las modificaciones, en cuanto al tema de calidad de imagen, y en cuanto al tema de nivel de señal en el punto de derivacion debe ser superior al de la instalacion antigua.

Si la comunidad no esta de acuerdo con los resultados, primero debe ponerse en contacto con la empresa instaladora para llegar a un acuerdo, y si esta no atiende a razones, ponerlo en manos de la oficina del consumidor local. En casos extremos se puede llegar a solicitar mediciones o bien por una empresa independiente, (con los consiguientes gastos) o bien solicitar unas mediciones de la empresa encargada de la distribucion de las señales en la zona, para que verifique que las señales recibidas en el edificio son correctas y que este no se encuentre en una zona de mala recepcion o similar. En este ultimo caso hay que armarse de paciencia, ya que suelen tardar bastante.

Un saludo
 
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pacorreitor
Asunto:  MensajePublicado: 22 Dic, 2005 - 09:56 AM
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Registrado: 16 Dic, 2005
Mensajes: 3

Gracias a todos los que me habéis ayudado. Ya tengo el tema bastante más claro. Cuando acabe el camino os contaré el final de la historia.
A lo mejor ya conocéis este documento, pero por si acaso adjunto el enlace. Es un estudio que deja las cosas bien claritas y además la fuente es como la Biblia.
Un saludo a todos

http://www.coit.es/index.php?op=estudios_252&PHPSESSID=a2d2faee7f820b4ccf253bac5ab91dab
 
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